Carta de Indemnización – Hacer y No hacer

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Es posible que muchos de ustedes hayan escuchado el término Carta de Indemnización (LOI) en la práctica diaria de envío..

Ha habido varios argumentos, discusiones, amenazas comerciales, litigios, etc. en torno a esta LOI..

Pero muchos todavía tienen dudas sobre qué es una LOI, cuándo puede y debe usarse, si es legalmente exigible y si vale la pena el papel en el que está escrito..

Intentaré responder a estas preguntas en este artículo..

La indemnización puede describirse como» garantía o protección contra una pérdida u otra carga financiera «o»garantía o exención de responsabilidad legal por las acciones de una persona»..

Una Carta de Indemnización (LOI) es un documento entregado por la parte que solicita algún servicio/requisito especial que se desvía de una práctica normal o regulada, a la parte que proporcionaría dicho servicio o requisito..

Esta carta asigna al destinatario de la LOI el derecho a recuperar las responsabilidades, pérdidas y costos derivados de la prestación del servicio/requisito específico del emisor de la LOI..

Los escenarios populares donde se utilizan LOIs son los siguientes :

  • Liberación de carga sin presentación del Conocimiento de embarque Original
  • Liberación de carga contra Conocimiento de Embarque Original perdido
  • Entrega de carga en un puerto distinto del indicado en el conocimiento de embarque
  • Emisión de Conocimiento de Embarque limpio
  • Emisión de Conocimiento de Embarque conmutado
  • Emisión de conocimiento de embarque fechado o fechado
  • Para transportar tripulación/personal adicional a bordo del buque
  • Solicitar al transportista que realice operaciones de carga cuando llueva

Es una LOI Legal y aplicable..??

Como comentamos anteriormente, las responsabilidades de los transportistas normalmente están cubiertas por clubes P&I..

En cada uno de los casos en que se solicite una LOI, el transportista la considerará sobre la base de una necesidad comercial y generalmente implica que el transportista asuma algún riesgo extracontractual..

La práctica de accionar solicitudes basadas en LOIs es vista por la mayoría de los clubes P&I como una forma de fraude documental que constituye una violación fundamental de la cobertura del Club P&I..

De acuerdo con la práctica de los transportistas que consideran la práctica de LOI como una necesidad comercial, los clubes P&I pueden continuar indemnizando a los Asegurados de acuerdo con los Términos y Condiciones del Club..

PERO dicha cobertura solo puede ser para pérdidas no causadas y/o agravadas, directa y/o indirectamente, por el incumplimiento anterior y no será para pérdidas que surjan directa y / o indirectamente como resultado de dichas prácticas..

Es posible que haya escuchado la frase «Un LOI no vale el papel en el que está impreso».. Si bien una LOI puede emitirse para varios casos, puede ser legalmente ejecutable solo cuando se emite para acciones que no son ilegales o prohibidas por la ley..

Por ejemplo, si un cliente solicita una LOI para la emisión de «Conocimientos de embarque Limpios» y el transportista acepta la LOI a pesar de saber que hubo daños en la carga en el caso de envíos a granel donde la carga es físicamente visible o sin la capacidad de verificar el estado de la carga en cargas contenedorizadas, puede considerarse una tergiversación y fraude que podría hacer que la LOI sea inaplicable si va a los tribunales..

Precauciones que debe tomar el transportista

El comercio debe entender que el transportista que acepta una LOI por las diversas razones mencionadas anteriormente, lo hace asumiendo dos tipos de riesgos..

  • La cobertura de seguro del transportista podría verse comprometida en situaciones en las que se le exija entregar la carga sin presentar un conocimiento de embarque o entregar la carga en un puerto distinto del que figura en el conocimiento de embarque..
  • El transportista también asume un riesgo adicional / innecesario de no saber si la LOI recibida puede ser invocada ante un tribunal, principalmente en términos de si la entidad que emite la LOI es la autorizada para hacerlo, etc..

Este riesgo también es importante porque la LOI es tan buena como la entidad que la firma y, en los casos en que se produzcan reclamaciones unos años después, no hay garantía de que el emisor siga operando en ese momento..

Por lo tanto, el transportista debe examinar muy de cerca si necesita asumir estos riesgos y si esa necesidad/empresa comercial vale la pena..

P& Los clubes I recomiendan que sus miembros obtengan una LOI que esté refrendada por un banco de primera clase porque, por muy «hermético» que sea el texto de la LOI, si el estado financiero de la entidad que solicita el servicio y firma la LOI no es muy fuerte, habría problemas para hacer cumplir la LOI..

Los clubes también recomiendan que cada vez que un reclamante solicite una garantía, el miembro, a su vez, haga su propia demanda de seguridad antes de que se proporcione al reclamante cualquier garantía..

Qué debe cubrir una LOI

En una situación en la que se ofrece una LOI a cambio de una solicitud específica, el transportista es la entidad que asume el riesgo y, por lo tanto, buscaría la máxima protección contra las responsabilidades en virtud de la LOI..

Naturalmente, se espera que la entidad emisora de la LOI y el banco de la contrafirma, se deberá indemnizar al transportista por cualquier y todas las pérdidas o consecuencias derivadas contra la compañía, debido a que se adhieran a la solicitud específica del emisor.. Indique si se pide al porteador que entregue las mercancías sin la presentación del conocimiento de embarque original..

Algunas cargas pueden comercializarse varias veces mientras la carga se encuentra a bordo en el mar (Ventas en alta mar) antes de que llegue al comprador final y, en tales casos, hay complicaciones y riesgos adicionales, ya que se supone que la carta de asignación emitida por una de las partes cubre a todas las partes de la cadena hasta el lanzamiento final..

Como hay varias razones por las que se puede ofrecer o solicitar una LOI, el transportista debe asegurarse de que la LOI que recibe tenga un amplio alcance de cobertura con suficiente peso para cubrir cualquier responsabilidad, costo, consecuencia, daño o pérdida que pueda enfrentar como resultado de aceptar los requisitos del cliente..

En los formatos recomendados por el IG P& I, no hay limitación en la cantidad de indemnización o costo, ya que no sería en el mejor interés del transportista aceptar una LOI con una limitación..

Del mismo modo, la LOI no debe estar limitada por el tiempo, como en el caso de los conocimientos de embarque contratados con arreglo a las Reglas de La Haya Visby, según las cuales, toda reclamación de carga prescribirá después de 12 meses..

La LOI no debe tener un límite de tiempo porque, en algunos casos, el transportista puede recibir la notificación de una reclamación solo después de que hayan transcurrido los 12 meses..

Mientras que una LOI normalmente debe incluir

  • Las razones del requisito de la LOI
  • Descripción detallada de las circunstancias
  • Los riesgos de que el transportista esté siendo indemnizado contra
  • Un acuerdo sobre la disponibilidad de fondos y/o garantías para defender una reclamación
  • Las partes que puede ser considerado responsable en virtud de la LOI
  • La ley y la jurisdicción aplicables a la LOI

los clientes pueden optar por proporcionar sus propios formatos que pueden no ser adecuados para proteger al transportista..

Formato de LOI

Por lo tanto, los Clubes IG P&I han recomendado formularios estándar de LOI para uso de sus miembros que se han segregado en dos versiones

1) Para ser utilizados cuando la entidad que solicita la LOI la firma sola

  • INT GRUPO A (para entrega de carga sin presentación del conocimiento de embarque original)
  • GRUPO INT B (para la entrega de carga en un puerto distinto del indicado en el conocimiento de embarque contra la producción de al menos un conocimiento de embarque original)
  • GRUPO INT C (para la entrega de carga en un puerto distinto del la indicada en el conocimiento de embarque y sin la presentación del conocimiento de embarque original)

2) Para ser utilizado cuando la solicitud de LOI está firmada por un banco de primera clase, así como

  • GRUPO INT AA (para la entrega de carga sin la presentación del conocimiento de embarque original),
  • GRUPO INT BB (para la entrega de carga en un puerto distinto del indicado en el conocimiento de embarque contra la producción de al menos un conocimiento de embarque original)
  • GRUPO INT CC (para la entrega de carga en un puerto distinto del que conste en el conocimiento de embarque y sin la presentación de la conocimiento de embarque original)

Partes en una LOI

Aunque técnicamente el negocio del comercio podría ser un negocio de dos partes (vendedor y comprador), cuando se trata de envíos, hay varias partes que participan en llevar a cabo con éxito el movimiento del negocio de A a B..

Por lo tanto, en el caso de la LOI, puede haber varias partes involucradas

  • Entidad que solicita el servicio específico contra una LOI (podría ser vendedor o comprador)
  • Entidad que acepta esta solicitud y realiza el servicio específico contra una LOI (generalmente transportista)
  • Entidad que refrenda la LOI, como un banco de primera clase
  • Entidad que suscribe el riesgo si ya se ha discutido y acordado

Conclusión

Como puede ver, todo el proceso de emisión/recepción de una Carta de Indemnización y los diversos factores a considerar es bastante complejo y necesita ser manejado con cuidado..

Hay implicaciones en la cobertura P&I del transportista siempre que un transportista miembro acepte cualquier solicitud de un cliente que esté fuera de la práctica normal.. Sin embargo, debido a necesidades comerciales, puede haber casos en los que se ofrezca y acepte un LOI..

Por lo tanto, si tiene que aceptar una LOI debido a presiones comerciales, siempre debe verificar qué solicitudes específicas/especiales se están pidiendo y sus implicaciones si acepta la LOI..

No hay nada mejor que consultar con tu club P&I si no estás seguro de que se haya recibido una solicitud de LOI y de cómo gestionarla..

* * * Fin del artículo ***



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