Los derechos de los padres son un área a menudo mal entendida del derecho de familia de Virginia. En Livesay & Myers, hemos visto a muchos padres buenos y activos venir a nosotros después de cometer errores devastadores en sus casos de custodia. Hemos visto hombres que, malinterpretando sus derechos o confiando en consejos legales incorrectos, se han dejado intimidar para firmar acuerdos desfavorables o se han manejado mal en los tribunales. ¡No repitas sus errores! En su lugar, siga la siguiente lista de lo que debe y no debe hacer para proteger sus derechos como padre en Virginia:
1. Comprenda cómo deciden los tribunales de Virginia los casos de custodia y visita. Al determinar la custodia y las visitas, la ley ordena a los tribunales de Virginia que tengan en cuenta principalmente el interés superior del niño, y los factores específicos que un tribunal debe considerar al tomar esta determinación se establecen en el Código de Virginia § 20-124.3. Además, Código de Virginia § 20-124.2 establece una preferencia legal explícita a favor de contactos frecuentes y continuos entre padres e hijos y, cuando corresponda, la responsabilidad compartida de la crianza de los hijos. Después de tomar su decisión, el tribunal tiene la obligación de explicar la decisión a los padres, y el tribunal debe dar expresamente sus conclusiones de hecho con respecto a los factores relevantes enumerados en el Código de Virginia § 20-124.3. En resumen, aunque la corte tiene una amplia discreción para decidir qué acuerdo de custodia o visita es el mejor para el interés de su hijo, la discreción de la corte está restringida por su obligación de considerar los factores estatutarios y los hechos y pruebas específicos presentados en su caso. No podrá darse preferencia indebida a ninguna de las partes, y la decisión deberá estar respaldada por las pruebas aportadas en el juicio.
2. Comprenda que no hay presunción o preferencia a favor de las madres bajo la ley de Virginia en los casos de custodia y visita. Código de Virginia § 20-124.2 establece explícitamente que, en los casos de custodia y visita, entre padres, no habrá presunción o inferencia de ley a favor de ninguno de los dos.»Además, ninguno de los factores establecidos en § 20-124.3 favorecen inherentemente a las madres o a los padres. Varios de los factores enumerados en § 20-124. 3 tienden a favorecer al «cuidador principal», pero eso se puede superar con algunos de los otros factores. Aunque un tribunal puede considerar la edad y las necesidades de un niño, y el papel que un padre ha desempeñado en el cuidado y la crianza de un niño, el Tribunal de Apelaciones de Virginia ha sostenido que es un error reversible que un tribunal de primera instancia favorezca a las madres de niños de «tierna edad».»Visikides v. Derr, 3 Va App 69 (1986).
Además, al menos un tribunal de primera instancia de Virginia se ha negado a dar un gran peso a la identidad del cuidador principal del niño, explicando que
en las familias nucleares, un padre generalmente asume el papel de proveedor principal de la familia, y el otro padre cumple el papel de cuidador principal de los niños. En tales circunstancias, el padre que no provee siempre sería favorecido en disputas de custodia….
no solo sería injusto para uno de los padres, sino que también otorgaría más importancia a la cantidad de tiempo que un padre pasa con los hijos que a la calidad de ese tiempo. Lo que es importante para determinar la custodia no es cuánto tiempo pasa un padre con los hijos, sino lo que se logra durante ese tiempo. Además, tal regla parecería estar en conflicto con el mandato legislativo that que «entre los padres, no habrá presunción o inferencia de ley a favor de ninguno de los dos.»
Crute v. Crute, 12 Va. Cir. 190, 192 (Va. Cir. Tomografía. 1988) (énfasis agregado).
3. Comprenda los términos legales que se usan en los casos de custodia y visita. Es quizás más vital entender el significado de los términos custodia legal, custodia legal conjunta, custodia única, custodia física, custodia física primaria y visitación. La custodia legal se refiere a la responsabilidad del cuidado y el control del niño y a la autoridad para tomar decisiones relativas al niño. Cuando ambos padres tienen la custodia legal de un niño, se dice que ambos tienen la custodia legal conjunta. Cuando solo uno tiene la custodia legal, ese padre tiene la custodia exclusiva. La custodia física implica el cuidado diario y la supervisión de un niño y establece dónde vivirá el niño. Un padre con custodia física primaria tendrá derecho a tener al niño con él, excepto por los períodos durante los cuales el otro padre tiene visitas. Durante las visitas, el padre que carece de la custodia física primaria generalmente tiene derecho a cuidar y supervisar al niño sin interferencia del otro padre.
4. ¡No firme un acuerdo que no le guste! Usted debe esperar que un tribunal lo mantenga fiel a su palabra cuando firme un acuerdo, incluso si se arrepiente de la decisión más tarde. Si firma un acuerdo desfavorable, comprenda que puede ser muy difícil o imposible para un abogado liberarlo de los términos del mismo en el futuro. Una vez que se ha determinado la custodia y las visitas, el tribunal puede volver a examinar estos asuntos solo cuando haya habido un cambio material de circunstancias de tal manera que una modificación de la custodia o las visitas sea en el mejor interés del niño.
5. Si está en el ejército, reconozca que tiene derechos especiales en caso de que se despliegue. Estos incluyen el derecho a delegar por orden judicial sus derechos de visita y el derecho a una audiencia acelerada para obtener los mismos. Vea Despliegue Militar y Custodia de los Hijos en Virginia.
6. Si no está casada y cree que puede haber tenido un hijo, inscríbase en el Registro de Padres Putativos. No registrarse generalmente renunciará a su derecho a ser notificado de los procedimientos de adopción o terminación, a menos que su paternidad se establezca o presuma bajo la ley de Virginia o que la madre lo engañara fraudulentamente bajo ciertas circunstancias. Para obtener más información, visite la página del Registro de Padres Biológicos de Virginia en el sitio web del Departamento de Servicios Sociales de Virginia.
Para obtener más información, consulte nuestra Guía de Custodia en Virginia.
Abogados de Derechos de nuestros Padres
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