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Una mujer en Snowmass recibió recientemente 5 50,000 después de que su HOA no le permitiera quedarse en su complejo de condominios con su perro de apoyo emocional. El Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Colorado determinó que el hecho de que la HOA no ofreciera una adaptación razonable constituía una violación de la Ley de Vivienda Justa (FHA).

¿Qué es un animal de apoyo emocional y en qué se diferencia de un perro de servicio?

Los animales de apoyo emocional son perros y otros animales que brindan apoyo emocional y comodidad a sus dueños. La FHA considera que un animal de apoyo emocional es un «animal de asistencia», que no es una mascota y no está limitado por la especie.

La Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés) define a un «animal de servicio» como un perro que ha sido entrenado individualmente para hacer trabajo o realizar tareas para una persona con una discapacidad. Debido a que los animales de apoyo emocional no han sido entrenados para realizar un trabajo o tarea específica, no califican como animales de servicio bajo la ADA.

¿Qué significa esto para las empresas?

Las reglas de la ADA Con respecto a los Animales de Apoyo Emocional

Las empresas y otras entidades públicas no están obligadas a permitir que los animales de apoyo emocional entren en sus negocios. Aunque algunos gobiernos estatales o locales tienen leyes que permiten que los animales de apoyo emocional entren en espacios públicos, ni Colorado ni Denver tienen tal ley.

En situaciones en las que no es obvio que un perro sea un animal de servicio, los propietarios de negocios pueden hacer solo dos preguntas específicas:

(1) ¿Se requiere que el perro sea un animal de servicio debido a una discapacidad?

(2) ¿Para qué trabajo o tarea ha sido entrenado el perro?

Los propietarios de negocios no pueden solicitar documentación para el perro, exigir que el perro demuestre su tarea o preguntar sobre la naturaleza de la discapacidad de la persona. Además, es posible que estas preguntas no se hagan cuando es obvio qué servicio brinda el perro.

Reglas de la FHA Con respecto a los Animales de Apoyo Emocional

La FHA se aplica a casi todos los tipos de vivienda, incluidas las de venta o alquiler, como apartamentos, condominios y casas unifamiliares. Al considerar una solicitud de un animal de asistencia como una adaptación razonable, los proveedores de alojamiento deben considerar las siguientes dos preguntas:

(1) ¿La persona que busca usar y vivir con el animal tiene una discapacidad, es decir, un impedimento físico o mental que limita sustancialmente una o más actividades importantes de la vida?

(2) ¿La persona que hace la solicitud tiene una necesidad relacionada con la discapacidad de un animal de asistencia? En otras palabras, ¿el animal trabaja, proporciona asistencia, realiza tareas o servicios en beneficio de una persona con discapacidad, o proporciona apoyo emocional que alivia uno o más de los síntomas o efectos identificados de la discapacidad existente de una persona?

Si la respuesta a cualquiera de las preguntas es no, el proveedor de vivienda no está obligado a hacer una adaptación razonable a su política de «no mascotas».

Cualquier empresa que tenga preguntas sobre el cumplimiento de la FDA o la ADA debe comunicarse con Liz Hartsel en Fortis Law Partners.



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