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§ 34.3 Definiciones.

Como se usa en esta parte, se aplican las siguientes definiciones:

Deuda administrativa significa una deuda que no surge de la obligación de un individuo de pagar un préstamo o un sobrepago de una subvención recibida bajo un programa de asistencia financiera para estudiantes autorizado bajo el Título IV de la Ley de Educación Superior.

Día hábil significa un día de lunes a viernes, a menos que ese día sea feriado federal.

Certificado de entrega significa un certificado firmado por un funcionario autorizado del Departamento de Educación de los Estados Unidos (el Departamento) que indica la naturaleza del documento al que pertenece, la fecha en que lo enviamos por correo y a quién lo enviamos.

Día significa día natural. Para fines de cómputo, se incluirá el último día de un período, a menos que ese día sea sábado, domingo o feriado legal federal; en ese caso, el último día del período será el siguiente día hábil después del final del período.

Deuda o reclamo significa cualquier cantidad de dinero, fondos o bienes que un funcionario apropiado del Departamento haya determinado que una persona debe a los Estados Unidos en virtud de un programa que administramos.

Deudor se refiere a una persona que tiene una deuda no fiscal en mora con los Estados Unidos en virtud de un programa que administramos.

Pago desechable. Este término –

(a)

(1) Significa que parte de la compensación de un deudor por servicios personales, estén o no denominados salarios, de un empleador que permanece después de la deducción de las primas de seguro médico y cualquier cantidad requerida por la ley para ser retenida.

(2) A los efectos de esta parte, los» montos que la ley exige que se retengan » incluyen montos para deducciones, como impuestos del seguro social y retenciones en origen, pero no incluyen ningún monto retenido en virtud de una orden judicial; y

(b) Incluye, pero no se limita a, salario, bonos, comisiones o pago de vacaciones.

Empleador. Este término –

(a) Significa una persona o entidad que emplea los servicios de otra y que paga el salario o salario de esta última;

(b) Incluye, pero no se limita a, los gobiernos estatales y locales; y

(c) No incluye una agencia del Gobierno Federal.

Dificultades financieras significa la incapacidad de cubrir los gastos básicos de subsistencia de los bienes y servicios necesarios para la supervivencia del deudor y de su cónyuge y dependientes.

Embargo significa el proceso de retener cantidades de la paga disponible de un empleado y pagar esas cantidades a un acreedor en satisfacción de una orden de retención.

Nos referimos al Departamento de Educación de los Estados Unidos.

Orden de retención.

(a) Este término significa cualquier orden de retención o embargo de pago emitida por este Departamento, otra agencia federal, una agencia de garantía estatal o privada sin fines de lucro, o un órgano judicial o administrativo.

(b) Para los fines de esta parte, los términos «orden de embargo de sueldo» y «orden de embargo» tienen el mismo significado que «orden de retención.»

Se refiere al deudor.

(Autoridad: 31 U. S. C. 3720D)



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