Requisitos para la Ciudadanía por Nacimiento/Adopción/Descendencia

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Requisitos para la ciudadanía por Nacimiento / Adopción / Descendencia

La ciudadanía jamaiquina por nacimiento se refiere a lo siguiente:
Cualquier persona nacida en Jamaica antes del 6 de agosto de 1962 que en esa fecha fuera ciudadana del Reino Unido y sus colonias.
Cualquier persona nacida en Jamaica después del 5 de agosto de 1962

Prueba de ciudadanía:

Certificado de nacimiento emitido por el Departamento del Registrador General de Jamaica

Ciudadanía por Adopción

La ciudadanía jamaiquina por adopción se refiere a lo siguiente:

Un niño no jamaiquino que ha sido adoptado legalmente en Jamaica de acuerdo con la Ley de Adopción de Niños, puede solicitar la ciudadanía jamaiquina a través de la madre adoptiva o el padre adoptivo y que deben ser ciudadanos jamaiquinos en el momento de la adopción

Prueba de ciudadanía:

Certificado de adopción emitido por el Departamento del Registrador General de Jamaica

Ciudadanía por Descendencia

La ciudadanía jamaicana por Descendencia se refiere a:

Cualquier persona nacida fuera de Jamaica de padres (madre, padre o ambos) que sean ciudadanos de Jamaica en el momento del nacimiento

Prueba de Ciudadanía:

Certificado de ciudadanía emitido por el Pasaporte, Inmigración & Agencia de Ciudadanía del Ministerio de Seguridad Nacional de Jamaica

Documentos necesarios para solicitar un Certificado de Ciudadanía

  • Formulario de Solicitud de Ciudadanía Jamaicana por Descendencia Completado, obtenido del Consulado o de nuestra selección de Formularios en Línea
  • Certificado de nacimiento original
  • Certificado de nacimiento original de la madre o el padre
  • Certificado de matrimonio original de los padres, si el solicitante nació dentro del matrimonio
  • Pasaporte jamaiquino original de madre o padre
  • Una identificación válida emitida por el gobierno (licencia de conducir o pasaporte válidos)
  • Dos fotografías recientes de tamaño pasaporte, una de las cuales debe ser certificada como una foto verdadera del solicitante por un notario Público si solicita a través del correo postal

Información importante para evitar demoras en el procesamiento de la solicitud:

1. El nombre del padre debe aparecer en el certificado de nacimiento del solicitante si solicita la ciudadanía a través del padre

2. La ortografía de los nombres de los padres debe ser consistente con la ortografía en el certificado de nacimiento del solicitante y en el certificado de nacimiento de los padres

3. El solicitante debe asegurarse de que los errores en los documentos sean corregidos por las oficinas donde se emitieron antes de presentar la solicitud

Tasas:

Sin tasas – Las personas que actualmente tienen un pasaporte, incluso si ha caducado, no necesitan pagar una tasa al solicitar su certificado de ciudadanía jamaicana. Sin embargo, todavía tienen que pagar la tarifa de procesamiento y manejo (ver a continuación).

$100.00-Las personas que nunca han tenido un pasaporte jamaiquino o que no pueden presentar un pasaporte jamaiquino anterior (emitido antes de septiembre de 2001) deben pagar esta tarifa a través de un giro postal internacional pagadero a la Agencia de Pasaportes, Inmigración & Ciudadanía. Esto se aplica tanto si el solicitante presenta la solicitud en persona como si no. No se aceptan cheques personales ni cheques de caja.

fee 40.00 – Tarifa de procesamiento y manejo. pagado en efectivo (si solicita en persona) o giro postal a nombre del Consulado General de Jamaica – Miami. Esta tarifa es obligatoria para TODAS las solicitudes.

Tiempo de procesamiento:

El período de tramitación de las Solicitudes de Ciudadanía por Descendencia (siempre que la solicitud cumpla todos los requisitos DESPUÉS de ser transmitida al Pasaporte, Inmigración & Agencia de Ciudadanía (PICA) en Jamaica):

Cuatro Meses ( 4 ) (por favor, tenga en cuenta el tiempo de tránsito entre el Consulado y PICA en Jamaica)

NOTA: En el caso de la Ciudadanía por Descendencia y la Ciudadanía por Matrimonio, los solicitantes pueden solicitar sus pasaportes a través del Consulado DESPUÉS de recibir sus Certificados de Ciudadanía.



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