El Tribunal de Familia del Condado de St. Louis está abierto sujeto a la Orden de la Corte Suprema de Missouri del 1 de abril de 2020. Todo procedimiento judicial de Familia que se lleve a cabo en persona se limitará a los abogados, las partes, los testigos, los agentes de seguridad y otras personas necesarias para el procedimiento, según determine el juez que presida el procedimiento. Todos los procedimientos del tribunal de familia están sujetos a las disposiciones que se exponen a continuación. El presente protocolo sobre la COVID-19 permanecerá en vigor hasta nuevo aviso. El presente protocolo podrá modificarse en caso necesario.
A partir del 6 de abril de 2020: cualquier Orden Judicial con respecto a la custodia de los hijos que de otro modo sea válida, permanecerá en pleno vigor y efecto. La policía tendrá autoridad para hacer cumplir las órdenes de custodia, visita y tiempo de crianza, siempre y cuando la aplicación no contradiga ninguna Orden de la Corte de Menores del Condado de St. Louis, o ninguna guía de auto-cuarentena de la St. Departamento de Salud Pública del Condado de Louis, Departamento de Salud y Servicios para Personas Mayores de Missouri, Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades u otra agencia estatal o federal promulgada para contener la COVID-19.
Si el cumplimiento de la orden de custodia, visita o tiempo de crianza fuera imposible o peligroso (por ejemplo, porque un miembro del hogar del padre receptor ha estado expuesto a la COVID-19), se alienta a los padres a hacer arreglos alternativos para el intercambio por acuerdo, lo que puede resultar en extender el tiempo con cada padre y /o recuperar el tiempo. Si los padres no pueden ponerse de acuerdo, las partes pueden buscar reparación a través del proceso legal apropiado. En ausencia de un acuerdo u orden judicial, se espera que todas las partes cumplan con seguridad las órdenes judiciales existentes.
La falta de precaución prudente puede ser motivo para una orden de restricción temporal. Del mismo modo, el incumplimiento o la negativa a cumplir una orden judicial relativa a la custodia y las visitas de los niños puede ser motivo de una sentencia de desacato, que podría dar lugar a una modificación de la custodia, una multa o sanciones pecuniarias, o prisión.
División de Menores:
A partir del 15 de junio de 2020, la División de Menores de la Corte de Familia comenzará a establecer audiencias para Adopciones, casos de menores no detenidos impugnados, Audiencias impugnadas de Abuso & Negligencia y casos de TPR donde hay acusaciones de abandono o donde se ha dado el consentimiento de los padres. Custodia Protectora, Detención, Certificaciones, Abuso & Negligencia y Delincuencia Las audiencias iniciales, Las Revisiones Disposicionales, la Permanencia, las audiencias de Revisión de Permanencia y cualquier caso que involucre a un menor detenido continuarán siendo escuchadas según lo programado. Si su caso continuó, se le notificará de su próxima cita en la corte. Para obtener información sobre mociones de establecimiento en las divisiones de menores, comuníquese con el secretario de la división para un establecimiento.
Órdenes de Protección:
Cualquier persona con un caso en el expediente de Abuso de adultos será notificada de su fecha de audiencia. Si se le otorgó una orden de protección ex parte, esa Orden permanecerá en vigor hasta su próxima cita en la corte.
Conferencias de Conciliación:
Las Conferencias Preliminares/de Conciliación se reanudarán a partir del 6 de abril de 2020. Comuníquese con el secretario de la División o con la página web del juez respectivo para obtener información sobre cómo se establecerán las Reuniones Previas al Juicio/Conciliación en una división. De conformidad con la Regla de Conducta Profesional 4-8.4 y la Regla Local 11, las reuniones de conciliación NO se registrarán ni se utilizarán como prueba. Al comienzo de cada conferencia, todos los participantes deben notificar al Tribunal que está presente en la sala.
Si los abogados han programado previamente asuntos que entran en conflicto con la hora programada de la conferencia del Tribunal, es responsabilidad de los abogados ponerse en contacto con la División tres días antes del establecimiento y reprogramar en un momento conveniente para ambas partes.
Mociones:
Todas las mociones se presentarán sobre los alegatos. En esos casos, todas las mociones se presentarán sobre los escritos. En los casos que involucran una TRO, una PDL que involucra custodia y mociones por desacato, comuníquese con el secretario de división para un ajuste.
Juicios y PDL sin Custodia:
Con efecto inmediato, la corte de familia comenzará a escuchar los casos que involucran determinaciones de reubicación y residencia de padres y sentencias por incumplimiento. Se aconseja a los abogados/Partes que se comuniquen con la división respectiva para programar una conferencia de conciliación sobre estos casos. Estos juicios serán llevados a cabo a distancia por el tribunal.
No habrá otros juicios o PDL sin custodia en este momento. Estas cuestiones serán reprogramadas por las distintas divisiones.
DRS/Centro de Intercambio y Visitas:
Para obtener información sobre el Centro de Intercambio o visitas supervisadas, consulte el sitio web de la corte https://wp.stlcountycourts.com/family-court/domestic-relations/
Educación para Padres:
La finalización efectiva inmediata del programa de educación para padres se completará a través del Programa de Educación para Padres en línea del Condado de St.Louis patrocinado por Parent Educators, LLC. La prueba de finalización debe presentarse en los tribunales.
https://www.stlparenteducation.com
Centro de Recursos:
El Centro de Recursos está cerrado hasta el viernes, 1 de Mayo de 2020. Aún puede completar su paquete en línea en www.selfrepresent.mo.gov. Los nuevos alegatos se pueden presentar en la Oficina del Secretario de Circuito con su tarifa de presentación.
No se llevarán a cabo CONFERENCIAS REMOTAS PREVIAS AL JUICIO/CONCILIACIÓN
De conformidad con las órdenes de la Corte Suprema de Missouri, el Departamento de Salud del Condado de St.Louis y el Juez Presidente del Condado de St. Louis, todas en persona, previas al juicio/conciliación. Por lo tanto, a continuación se exponen las opciones para que estas conferencias puedan celebrarse a distancia.
Teleconferencia/Videoconferencia:
a) Los abogados pueden comunicarse con el Secretario de División y transferir la llamada directamente al teléfono del juez en la sala.
b) Los abogados pueden comunicarse con el Secretario de División y transferir la llamada directamente al teléfono celular del juez, si el teléfono del secretario tiene esa capacidad.
c) Un abogado puede programar la llamada de conferencia notificando al tribunal y al abogado opositor por correo electrónico y proporcionando el número de teléfono gratuito y todos los códigos aplicables
d) Los abogados pueden utilizar Zoom.com o Scopia (Webex) para llevar a cabo la conferencia como teleconferencia o videoconferencia. El tribunal y los abogados tendrían que descargar la aplicación Zoom o Scopia. El tribunal proporcionaría a los abogados el código de acceso y comenzaría la reunión a la hora fijada para la conferencia. Los abogados tendrían que unirse a la reunión ingresando el código a la hora establecida para la conferencia. (Tenga en cuenta que la conferencia puede tener un máximo de cuarenta (40) minutos.)
e) Los abogados pueden ponerse en contacto con el tribunal en Freeconferencecall.com. El tribunal crearía un perfil para recibir un número de teléfono, un código de acceso y un pin personal. El tribunal proporcionaría el número de teléfono y el código de acceso a los abogados. El tribunal llamaría al número de teléfono a la hora establecida para la conferencia, ingresaría el código de acceso, ingresaría el número pin y seguiría las indicaciones. Los abogados llamarían al número de teléfono a la hora establecida para la conferencia.
PETICIONES DE ÓRDENES DE RESTRICCIÓN TEMPORALES
- En la medida de lo posible, antes de solicitar una orden de restricción temporal, todos los abogados/chicas de las partes harán todo lo posible para intentar resolver todos los asuntos pendientes.
- Si las partes requieren una TRO durante la tramitación de la Orden Administrativa anterior, deben notificar al Tribunal y presentar y enviar por correo electrónico todos los alegatos pertinentes al Tribunal.
- Si el juicio o la audiencia probatoria deben exceder los 40 minutos, las partes deben notificarlo al Tribunal. A continuación, el Tribunal lo notificará para que pueda utilizarse la cuenta de mayor duración del zoom informático.
- Las audiencias se programan a discreción de la Sección.
- El secretario de división o el Juez enviará una invitación a Zoom, Scopia / WebEx o teleconferencia al Juez, el abogado del demandante, el abogado del demandado, las partes GAL y pro se, si corresponde.
- Las pruebas pueden manejarse de una de dos maneras a discreción del Juez:
- Las pruebas pueden ser archivadas bajo un nivel de seguridad elevado para garantizar la confidencialidad hasta que sean recibidas por el Tribunal. El Secretario de División retirará las Pruebas y las colocará en la cola del Juez para su revisión.
- Las pruebas pueden enviarse por correo electrónico al Juez, al Secretario de División y a todas las partes antes del procedimiento.
- Cada prueba será su propia invitación a una reunión separada que se llevará a cabo a través de Zoom, Scopia/WebEx o teleconferencia.
- Es responsabilidad de los abogados trabajar entre sí para determinar la forma en que su cliente puede participar en el procedimiento.
- El abogado no distribuirá el correo electrónico del juez a las partes ni a terceros.
- Las audiencias comenzarán a tiempo. DEBE iniciar sesión en la reunión 5 minutos antes de la hora de inicio.
- Si alguna de las partes tiene problemas para conectarse a través de Zoom, Scopia o teleconferencia, deben notificarlo inmediatamente al Tribunal.